Acceso a la información pública
Cómo presentar una solicitud de acceso a la información pública, en qué plazo respondemos y qué información no podemos facilitar.
Dónde buscar primero
Mucha información la publicamos sin necesidad de solicitud en el Boletín de Información Pública (BIP) y en este sitio. Entre otras cosas, el estatuto, los reglamentos, el plan financiero, los informes, la estructura organizativa, la información sobre el patrimonio y los anuncios de contratación.
Si la información ya está publicada, en la respuesta a la solicitud indicamos dónde se ha publicado.
Cómo presentar una solicitud
La solicitud no necesita justificación ni acreditar un interés legítimo. Tampoco hay un formulario obligatorio. Basta con un escrito en el que el solicitante indique qué información busca y en qué formato quiere recibirla.
| Forma de presentación | Dirección |
|---|---|
| Por escrito, por correo postal | Szkoła Podstawowa nr 7 im. Marii Konopnickiej w Zielonogaju, ul. Akacjowa 12, 00-000 Zielonogaj |
| En persona | secretaría, de lunes a viernes, 7:30–15:30 |
| Por correo electrónico | sekretariat@szkola.czytelnastrona.pl |
| A través del buzón electrónico de entrada (ePUAP) | dirección del buzón indicada en el Boletín de Información Pública |
Les rogamos que indiquen una forma de contacto, por ejemplo, una dirección de correo electrónico o postal. Sin ella no podemos enviarles la respuesta.
Fechas
| Situación | Plazo de respuesta |
|---|---|
| Solicitud estándar | sin demora injustificada, como máximo en un plazo de 14 días |
| Asunto que requiere más preparación | hasta 2 meses, tras comunicar el motivo y el nuevo plazo |
| Información sobre costes adicionales | en un plazo de 14 días desde la presentación de la solicitud |
Forma de acceso
Facilitamos la información en la forma indicada en la solicitud, si los medios técnicos lo permiten. Si no es posible, comunicamos el motivo y proponemos otra forma.
El acceso a la información es gratuito. Solo cobramos cuando la forma indicada supone costes adicionales, por ejemplo, imprimir muchas páginas. Informamos del importe antes de preparar la información.
La información reelaborada, es decir, preparada específicamente para responder a la solicitud, la facilitamos cuando es especialmente relevante para el interés público.
Limitaciones
El derecho a la información pública está limitado por la protección de los datos personales, la privacidad y los secretos protegidos por ley. Por eso no facilitamos datos personales de alumnos, padres y personal ni documentación sobre personas concretas.
Esta documentación incluye, entre otras cosas, las actas de calificaciones, la documentación del apoyo psicopedagógico y los expedientes personales del personal.
La denegación del acceso se realiza mediante resolución. Contra la resolución cabe recurso, que se presenta a través de la dirección de la escuela en el plazo de 14 días desde su notificación.
Registro de solicitudes
Llevamos un registro de solicitudes de acceso a la información pública. En él anotamos la fecha de entrada, el objeto de la solicitud y la forma de resolverla, sin datos personales de los solicitantes.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que decir para qué necesito la información?
No. La solicitud de información sencilla no requiere justificación. Solo es necesaria para la información elaborada, que exige una preparación especial.
¿Puedo presentar una solicitud sin dar mi nombre y apellidos?
Sí. Solo necesitamos un medio de contacto, por ejemplo, una dirección de correo electrónico, para enviar la respuesta. El nombre y los apellidos solo son necesarios si emitimos una resolución denegatoria.
¿Puede un padre o una madre conocer por esta vía las notas de otros alumnos?
No. Las calificaciones y la documentación de alumnos concretos no son información pública. Los padres tienen derecho a la información sobre su hijo, que facilitan el tutor y el diario electrónico.